Deportistas
Licencia de armas F
Requisitos y certificados para la licencia de armas de concurso.
La licencia de armas F autoriza la tenencia de armas de concurso para deportistas federados. La expide la Intervención de Armas de la Guardia Civil conforme al Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993, artículos 132 a 138).
La federación no expide la licencia F: emite la tarjeta federativa y los certificados de actividad deportiva que la Guardia Civil exige.
Categorías
| Categoría | Armas | Requisito orientativo |
|---|---|---|
| 3ª | Hasta 1 arma | Licencia federativa y curso de iniciación |
| 2ª | Hasta 6 armas | Antigüedad y participación acreditada en competiciones |
| 1ª | Hasta 10 armas | Clasificaciones en competiciones oficiales de ámbito nacional |
Requisitos generales
- Ser mayor de edad y residente en España.
- Estar federado con licencia en vigor.
- Carecer de antecedentes penales y por violencia de género.
- Superar el informe de aptitudes psicofísicas en un centro de reconocimiento autorizado.
- Abonar la tasa correspondiente (modelo 790).
Mantener la actividad
La licencia F exige actividad deportiva continuada. Participar al menos en una competición o tirada de control al año es el mínimo para la tercera categoría. Consulta el calendario para no perder la acreditación anual.
Información orientativa. La normativa aplicable es la vigente publicada en el BOE; ante cualquier duda, consulta a la Intervención de Armas.
Última actualización: 24 sept 2026, 11:59